¿QUÉ ES UNA POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES?
Una Política de Protección de los niños, niñas y adolescentes es el compromiso de una organización de proteger a los niños de maltrato, abusos, explotación o negligencia por parte de la organización en lo que respecta a su protección. La protección puede definirse como:
“La protección de los niños es la responsabilidad que tienen las organizaciones de asegurarse de que su personal, sus actividades y sus programas no perjudiquen a los niños, es decir, que no expongan a los niños al riesgo de sufrir daño o abuso, y que se informe a las autoridades correspondientes ante cualquier duda que la organización pueda tener sobre la seguridad de los niños en el entorno donde trabaja”. Keeping Children Safe
Esta política se aplica al compromiso de la Asociación SEI con los niños, niñas y adolescentes migradas hasta la edad de 18 años. Se aplica a toda la gama de operaciones de la Asociación SEI, a nivel internacional, nacional y autonómico y de la sede. Reviste particular importancia para el personal y directivos que desempeñan funciones relacionadas con la niñez y la adolescencia, incluidos el personal de protección, de programas, sectorial y de coordinación.
Se aplica a todas las etapas de prevención y promoción de situaciones de riesgo y vulnerabilidad asociados a los procesos migratorios.
La Asociación SEI promueve y trabaja en red con los gobiernos, la red pública de Gobierno de Navarra y la red de entidades sociales y otros actores de la sociedad civil y las comunidades para aplicar esta política en todos los entornos. La política puede utilizarse para orientar los acuerdos de asociación y las responsabilidades mutuas entre la Asociación SEI y sus socios y socias, y puede servir de base para las estrategias de protección de la niñez y la adolescencia de las personas socias y voluntarias que trabajan con niños, niñas y adolescentes migradas.
El cumplimiento es obligatorio.
La protección de los niños, niñas y adolescentes se rige por marcos jurídicos y normativos internacionales complementarios que se refuerzan mutuamente. Entre ellas figuran las normas internacionales que rigen la protección de las personas refugiadas, desplazadas internas (PDI) y apátridas, las disposiciones de protección de la niñez y la adolescencia establecidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos, así como en otros instrumentos internacionales o regionales como la Ley Foral 12/2022 de 11 de mayo de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad. El compromiso de la Asociación SEI de proteger la niñez y la adolescencia no sólo es un imperativo jurídico; sino que también contribuye a garantizar un futuro mejor para los niños, niñas y adolescentes, sus familias y comunidades.
PRINCIPIOS RECTORES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LAS ADOLESCENCIAS MIGRADAS
La labor de la Asociación SEI para proteger la niñez y la adolescencia se basa en los derechos de los niños, niñas y adolescentes; en particular, el derecho a la protección contra la violencia, el abuso y la explotación y el derecho a la unidad e identidad familiar. La labor de la Asociación SEI en materia de protección de la niñez y la adolescencia se rige por los siguientes principios:
La Asociación SEI promueve el derecho de los niños, niñas y adolescentes a la vida, la supervivencia y el desarrollo, incluido su derecho a la seguridad, el bienestar y la dignidad. La entidad adopta todas las medidas necesarias para mejorar la seguridad de los niños, niñas y adolescentes y sus familias y evitar exponerlos a daños, incluidos los abusos, el abandono, la violencia y la explotación, como resultado de las acciones de la Asociación SEI, las personas socias y voluntarias, de conformidad con el principio de No Hacer Daño.
No discriminación. La Asociación SEI apoya a los Gobiernos y las comunidades en la protección de la niñez y la adolescencia, sin discriminación por motivos de edad, sexo, diversas capacidades, raza, nacionalidad, estatus legal, o cualquier otra razón. Analiza y aborda las causas de la discriminación y la exclusión, así como el impacto sobre la violencia, el abuso y la explotación. Las políticas y los programas de prevención, promoción y protección de la niñez y la adolescencia de la Asociación SEI deben garantizar la no discriminación y ser inclusivos y adaptados a las necesidades y capacidades específicas de los niños, niñas y adolescentes de diferentes edades, géneros, discapacidades y otras características diversas.
El interés superior de la niñez y la adolescencia debe ser una consideración primordial en todas las acciones y decisiones de la Asociación SEI que afecten directa o indirectamente a grupos o cada niño, niña y adolescente, así como en todo el apoyo de protección de la niñez y la adolescencia que la Asociación SEI presta a las autoridades y otros actores.
Participación. La Asociación SEI debe garantizar la participación y la inclusión de los niños, niñas y adolescentes en todas las etapas del ciclo de programación como actores activos de su propia protección y reconocer y aprovechar las capacidades y la resiliencia de los niños, niñas y adolescentes. En todas las intervenciones, debe garantizar que los niños, niñas y adolescentes puedan expresar sus opiniones libremente y debe dar la debida importancia a las opiniones de los niños, niñas y adolescentes en función de su edad, madurez y capacidad.
Responsabilidad del Estado. La Asociación SEI apoya a los Estados como actor principal responsable de la protección de los niños, niñas y adolescentes migradas y de la prestación de acceso no discriminatorio a los servicios a todos los niños, niñas y adolescentes bajo su jurisdicción, independientemente de su condición jurídica u otras características de edad, género y diversidad.
Prevención e intervención temprana. La Asociación SEI reconoce que los riesgos para la protección de los niños, niñas y adolescentes son prevenibles y que la protección de la niñez y la adolescencia no puede esperar. La entidad da prioridad a la inversión en enfoques de prevención basados en evidencias y debe adoptar medidas tempranas cuando los niños, niñas y adolescentes están en riesgo, a fin de mitigar esos riesgos y prevenir daños siempre que sea posible.
Enfoque integrado de protección de la niñez y la adolescencia. La Asociación SEI adopta un enfoque multisectorial para abordar de manera integral las causas múltiples e interrelacionadas de los riesgos para la protección de la niñez y la adolescencia y cataliza la acción de diversas personas voluntarias, socias, familias, grupos de iguales, etc. para dar una respuesta amplia.
Adhesión a las normas de calidad de protección de la niñez y la adolescencia. La programación de la Asociación SEI en materia de protección de la niñez y la adolescencia se rige por las normas interinstitucionales, en particular las Ley Foral 12/2022 de 11 de mayo de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad.
CUESTIONES SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Es importante que todos comprendamos sin ningún género de duda a qué se refiere y qué implica la protección de la infancia, de modo que exista una coherencia y un acuerdo respecto a la aplicación e implementación de la Política de Protección.
¿De qué protegemos a los niños, niñas y adolescentes?
En el contexto de esta Política, “protección de la infancia” no significa prevenir accidentes (cubiertos por nuestro manual y políticas de seguridad) o asegurarse de que se pongan en práctica todos los derechos de los niños (tal y como se definen en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño); nos estamos refiriendo concretamente a la protección de los niños frente a los abusos y el maltrato infantil. La Asociación SEI se remite a la definición de abusos y maltrato infantil empleada por la Organización Mundial de la Salud:
El abuso de menores o maltrato infantil “incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder”.
Definiciones generales de abuso o maltrato de menores
En la Política de Protección de los niños, niñas y adolescentes se distinguen cuatro grandes categorías con respecto a tipos de abuso y maltrato:
Maltrato físico: puede implicar golpear, zarandear, arrojar, provocar quemaduras o abrasamientos, ahogar, asfixiar o causar daño físico al niño de cualquier otro modo. También puede causarse daño físico cuando un progenitor o cuidador simula los síntomas de una enfermedad en un niño, o se la produce deliberadamente.
Maltrato emocional: se trata de malos tratos emocionales reiterados a un niño con efectos graves y duraderos en su desarrollo emocional y psicológico. Puede incluir el transmitir al niño, niña o adolescente la idea de que no sirve para nada, que no se le quiere, que es un incompetente o que sólo se le valora en la medida en que satisface las necesidades de otra persona. También puede implicar el hecho de imponer expectativas inadecuadas para la edad o desarrollo de la niñez, o hacerle sentir con frecuencia asustado o en peligro. En todos los tipos de maltrato infantil puede incluirse algún grado de maltrato emocional, aunque también puede producirse de forma independiente.
Desamparo/abandono: es la reiterada dejación con respecto a las necesidades básicas del niño, niña o adolescente, ya sean físicas o psicológicas, cuando el o la progenitora está en condiciones de satisfacerlas, lo que puede afectar negativa y seriamente a su desarrollo. Por ejemplo, una inadecuada supervisión que le deje en situaciones de peligro en las que podría sufrir algún daño y que podrían evitarse. Puede ser especialmente difícil de reconocer, sobre todo cuando proceden de países con pocos recursos o con elevados niveles de pobreza y depravación.
Abusos sexuales: implica forzar, seducir o engañar a un niño, niña o adolescente para que participe en actividades sexuales, tanto si es consciente de lo que está ocurriendo o da su consentimiento como si no. Dichas actividades pueden ser con contacto físico, con o sin penetración (violación), o sin contacto físico, como hacer que vean o participen en la producción de material pornográfico, o animarlos a adoptar comportamientos sexualmente inadecuados. Otros tipos de maltrato comúnmente reconocidos, como la explotación sexual comercial y el tráfico de niños, constituyen manifestaciones complejas en las que se combinan las cuatro categorías. Es importante resaltar que el acoso escolar puede ser también una forma de maltrato o abuso, dependiendo de su gravedad. Aunque normalmente se piensa que son las personas adultas los que maltratan o abusan, también los niños, niñas y adolescentes pueden cometer estos actos. El maltrato o abuso puede ser un hecho aislado y excepcional o prolongado en el tiempo, incluyendo la acumulación de numerosos incidentes aparentemente menos graves, y puede ocurrir en todos los ámbitos, incluyendo la familia, el centro escolar, la comunidad, las instituciones o internet (como ocurre con las tecnologías digitales y de realidad aumentada, por ejemplo, con los teléfonos móviles. El abuso online puede manifestarse de muchas maneras, que incluyen el acoso sexual y la pornografía infantil.
Sensibilidad cultural
La sensibilización se asocia a los estímulos que podemos recibir a través de nuestros sentidos y que de algún modo activan a nuestro cerebro despertando emociones, generando sentimientos, logrando estimular una parte emocional. Para la Asociación SEI es fundamental sensibilizar a la población sobre la realidad de los procesos migratorios. Siendo conscientes del valor de la diversidad, desde la Asociación SEI ponemos empeño en lo que nos une, como fuente de acercamiento y convivencia. Reconocemos que hay muchas maneras diferentes de cuidar y proteger a los niños, niñas y adolescentes, y trataremos de salvaguardar de un modo apropiado al contexto y con sensibilidad cultural. Sin embargo, creemos firmemente la cultura nunca debe utilizarse como motivo o excusa para maltratar o abusar de los niños. Reconocemos que puede ser difícil llegar a un equilibrio entre la protección de los niños, niñas y adolescentes en el marco legal exigido a Asocaición SEI como entidad de utilidad pública, tal y como se articula en esta Política, y la diversidad cultural, debido a que puede haber disparidades respecto a lo que se considera perjudicial para la niñez.
VISIÓN: LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MIGRADAS ESTÁN SEGURAS Y PROTEGIDAS DE CUALQUIER DAÑO.
1. Fortalecer los sistemas inclusivos de protección de la niñez y la adolescencia.
2. Apoyar a los niños, niñas y adolescentes, las familias y las comunidades para proteger a los niños, niñas y adolescentes.
3. Proporcionar servicios complementarios de protección de la niñez y la adolescencia a los niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo.
4. Fortalecer la protección y las soluciones aptas para los niños, niñas y adolescentes.
5. Promover la seguridad de los niños, niñas y adolescentes y prevenir los daños a través de respuestas sectoriales.
6. Fortalecer la participación de los niños, niñas y adolescentes y la comunicación y la rendición de cuentas adaptadas a sus necesidades.
Estas acciones esenciales del programa proporcionan el marco para el compromiso predecible de la Asociación SEI en la protección de los niños, niñas y adolescentes migradas, al tiempo que reconocen que el papel específico de la Asociación SEI en cada contexto dependerá de la capacidad de las administraciones y otros socios.
MEDIDAS PREVENTIVAS
La clave en la protección de la infancia reside en la prevención del maltrato o abuso.
Por muchas personas es conocida que la sensibilización a nivel de organización y las buenas prácticas pueden promover comportamientos positivos por parte del personal, reducir las oportunidades delictivas y posibilitar una detección y actuación tempranas ante las cuestiones relacionadas con la protección de la infancia. Un mal diseño, desarrollo e implantación de programas y proyectos puede repercutir negativamente en los niños, niñas y adolescentes, que podrían no sufrir malos tratos o abusos pero sí resultar perjudicados a consecuencia de nuestras actividades.
Sistemas y procedimientos para prevenir situaciones de maltrato o abuso
Punto Focal para la Protección
Con el fin de ayudar a implementar la Política, se nombrará y apoyará a una persona para que actúe como responsable cualificado o Punto Focal para la Protección de los niños, niñas y adolescentes. La descripción de este puesto incluye los resultados tangibles que se esperan de él o mediar y resolver cualquier duda emitida así como de direccionar las acciones, formaciones y actualización de la información.
La Persona de Enlace para la Protección de la Infancia actúa como primer punto de contacto para cualquier cuestión relacionada con la protección infantil dentro de SEI. Esta persona proporciona asesoría, apoyo y orientación a personal, voluntariado y niños/as respecto a cualquier preocupación, asegura que la política se aplique correctamente y colabora con servicios externos cuando sea necesario para garantizar los derechos y la seguridad de la infancia.
La Persona de Enlace será un miembro designado y de confianza del equipo de SEI, en contacto directo con niños, niñas y adolescentes, pero que no ocupe un puesto de dirección. Esto asegura que el rol sea accesible, cercano y neutral, tanto para los niños/as como para el personal, voluntariado y familias.
La persona será elegida o designada a través de la asamblea de SEI, reflejando un proceso transparente y basado en la confianza de la comunidad.
Aunque desempeñe funciones específicas de protección, la persona de enlace también mantendrá otras responsabilidades dentro de la organización, para asegurar que la protección infantil esté integrada de forma transversal en todas las actividades y no como un área aislada.
La persona focal tendrá como requisitos titulación en trabajo social, educación social, psicología o maestra, experiencia y formación en intervención con niños y niñas de mínimo 2 años. Será una persona designada en asamblea, con vinculación con los y las menores y que sea una persona de confianza. Tendrá habilidades interpersonales y de comunicación sólidas, incluyendo la capacidad de generar confianza y manejar información sensible con discreción. Demostrará sensibilidad cultural y comprensión de las necesidades específicas de la infancia migrada, incluyendo experiencia o formación en mediación intercultural y dominio de idiomas. Tendrá capacidad para adaptar los métodos de comunicación a las barreras lingüísticas u otras necesidades específicas de los niños y niñas. Contará con competencias digitales básicas para gestionar de forma segura los registros y comunicaciones relacionados con la protección infantil.
Responsable Global de Protección
Será la Directora General de la entidad, la responsable global, y ésta será la persona encargada de
Plan de Acción para la Protección de los niños, niñas y adolescentes
Anualmente se debe preparar un plan que establezca las acciones necesarias durante el siguiente año con el fin de garantizar que se lleven a cabo las medidas adecuadas de prevención del maltrato y el abuso y que los niños, niñas y adolescentes estén protegidas. El plan deberá detallar igualmente cualquier acción que sea necesaria para implementar la Política de Protección.
Evaluación de riesgos en la protección de la infancia en actividades y viajes con niños/as
Antes de realizar cualquier actividad o programa con niños, niñas y adolescentes, debe llevarse a cabo una evaluación de los posibles riesgos y tomar las medidas necesarias para evitarlos. Igualmente debe realizarse una evaluación de riesgos antes de los eventos extraordinarios, como celebraciones, festivales, o entregas de premios, con el fin de garantizar que sean seguros para los niños, niñas y adolescentes. Deberá recopilarse información básica como el consentimiento de los padres-madres y de los propios niños, niñas y adolescentes, información médica (en caso necesario) y datos de contacto en caso de emergencias; esta información deberá permanecer accesible durante todo el evento por si fuera necesario recurrir a ella.
Contratos y acuerdos de colaboración
Todos los contratos y acuerdos de colaboración, memorandos, de cualquier tipo e independientemente de su naturaleza, deben hacer referencia de forma concreta a la Política de Protección de SEI e incluir la conformidad de trabajar de acuerdo con ella.
Transversalización del enfoque de Protección
La protección de la infancia debe incorporarse y gestionarse activamente en los procesos y sistemas ya existentes en Asociación SEI para promover e integrar la prevención contra el maltrato y el abuso en toda la organización.
Diseño y provisión de programas y proyectos
La Protección de los niños, niñas y adolescentes debe considerarse desde el principio, durante las fases del desarrollo de la propuesta y la planificación. Tendrá que prestarse una especial atención a la protección de los niños, niñas y adolescentes en dificultad o al trabajar en entornos especialmente de dificultad, así como en situaciones de especial vulnerabilidad de los niños, niñas y adolescentes (por ejemplo, debido a su corta edad o por sufrir alguna discapacidad), con el fin de asegurarse de que se tienen en cuenta y se abordan todos los posibles riesgos.
Los niños y niñas serán parte fundamental en la planificación de las actividades, siendo en las diferentes asambleas donde se recogerá su aportación, pero habiendo un espacio transversal permanente donde los y las niñas participen de manera activa.
Uso de fotografías e imágenes de niños
La Asociación SEI cuenta con procedimientos de seguridad que rigen el uso de las imágenes de niños, niñas y adolescentes y que debe emplearse en todas las situaciones. Estas pautas son de aplicación para todas las personas que tengan acceso a las imágenes o utilicen equipos fotográficos, incluyendo a niños, padres – madres, tutores, personal, voluntariado, visitantes, contratistas y personas usuarias.
Utilización de tecnología: interacción online con niños, niñas y adolescentes
La seguridad electrónica alude no solo a las tecnologías por internet, sino también a las comunicaciones electrónicas a través de dispositivos móviles, consolas de juegos y tecnología inalámbrica. Los procedimientos de seguridad electrónica destacan los beneficios, riesgos y responsabilidades derivados de la utilización de la tecnología de la información, así como la necesidad de informar sobre ello a los niños, niñas y adolescentes y al personal de la entidad y proporcionar ayuda a padres – madres cuando sea necesario.
Selección de personal adecuado para trabajar con niños/as y adolescentes
La contratación “segura” y las comprobaciones previas que se realizan como parte del proceso de contratación son los primeros mecanismos con las que cuenta la organización para impedir la entrada de potenciales delincuentes. La Asociación SEI emprenderá todas las medidas que sean razonables para impedir que las personas poco idóneas trabajen con niños, niñas y adolescentes. Esto incluye no solo al personal que trabaja directamente con niños, niñas y adolescentes sino también al que tiene acceso a ellos y ellas como voluntariado y otras que participan en las actividades y programas. Todo el personal contratado, voluntariado, personas socias o cualquier otra persona participante deberá suscribir y cumplir y firmar el Código de Conducta de Protección y Prevención; cualquier contravención del mismo será considerada falta grave.
Educación y formación para el personal y terceros
Con el fin de garantizar una efectiva implementación de la Política de Protección todo el personal, después de su contratación, así como las personas voluntarias, socias y proveedores, recibirán orientación y formación sobre nuestra Política de Protección de acuerdo con el puesto que ocupen o con su función, y para ello:
– Todo el personal debe ser formado en protección de la infancia, ya que es fundamental que cada una conozca sus responsabilidades, así como la política y las prácticas de la organización.
– Debe facilitarse formación periódica y sesiones informativas sobre protección de la infancia a todo el personal.
– Los responsables de los Puntos Focales para la Protección de la Infancia deben recibir formación específica del Responsable Global de Protección de la Infancia.
– Cuando el personal sea contratado por otras organizaciones o entidades, la Asociación SEI les instruirá sobre nuestra Política de Protección y se informará sobre el modo en que su organización trabaja para proteger a los niños, niñas y adolescentes. La Asociación SEI es responsable de garantizar que se ofrezca formación y educación de acuerdo con la Política y, por su parte, el personal tiene la responsabilidad individual de acceder y participar en dicha formación.
Asesoría y apoyo
Todo el personal tendrá acceso a asesoramiento y apoyo relativo a la protección de la infancia y a la implementación de esta Política, a través del Punto Focal para la Protección de la Infancia y la persona Responsable Global de Protección.
Cuando el personal tenga dudas acerca de la implementación de la Política o su aplicabilidad, deberá contactar con su Punto Focal para la Protección de la Infancia o con la persona Responsable Global de Protección.
Información, comunicación y sensibilización
Todo el personal deberá recibir un ejemplar de la Política de Protección, así como el nombre y los datos de contacto de la persona responsable de su Punto Focal de Protección. Todas las personas socias, voluntarias y participantes en general deben tener conocimiento de la existencia de nuestra Política de Protección de niños, niñas y adolescentes, y deben recibir un ejemplar si así lo solicitan. Todas las personas beneficiarias, incluyendo los niños, niñas y adolescentes y sus progenitores o tutores, que participen en proyectos y programas de la Asociación SEI, deben tener conocimiento de nuestra Política de Protección y sus disposiciones principales. Dicha información debería incluir pautas sobre a quién pueden acudir en caso de tener motivos de preocupación o querer presentar una queja o denuncia.
RESPUESTA A DUDAS Y DENUNCIAS
De acuerdo con esta Política, la Asociación SEI tiene el deber de garantizar una respuesta adecuada ante las sospechas o situaciones reales de abuso o daño tanto dentro como fuera de la organización. De este modo se promoverá el interés superior del niño – niña, se impedirá que se produzcan situaciones similares en el futuro y se garantizará una adecuada actuación judicial en relación con los delitos que puedan haberse cometido.
Todas las dudas y denuncias se tratarán con la mayor seriedad, independientemente de la identidad del supuesto autor material o de las víctimas, o de lo “increíble” que pueda parecer la situación.
No es responsabilidad del personal de la Asociación SEI decidir si el abuso o maltrato infantil ha tenido lugar o no. Sin embargo, todo el personal tiene la obligación de informar de cualquier duda o motivo de preocupación, aún en el caso de que sean sospechas vagas o una mera intuición de que algo no está bien.
Ningún miembro del personal puede acceder a mantener en secreto como confidencia personal la información relativa a sospechas o casos reales de abusos o maltrato infantil. La Asociación SEI no es un organismo de investigación, por lo que cuando sea necesario remitirá los casos a los correspondientes organismos encargados de velar por el cumplimiento de la ley o a las agencias especializadas en protección de la infancia. Para remitir el caso, pedirá el consentimiento del niño, niña o adolescente o de sus padres o tutores, salvo en los casos en que ello suponga poner al niño en una situación de mayor riesgo. En estas situaciones, la decisión de derivar el caso sin consentimiento previo deberá tomarse junto con la persona Responsable Global de Protección antes de derivarlo.
No se comunicará ningún detalle respecto a las circunstancias del niño, niña, adolescente o su familia a particulares o a organizaciones aparte de las encargadas de velar por el cumplimiento de la ley o las especializadas en protección de la infancia sin el permiso expreso del niño-niña o de sus progenitores o tutores.
El Protocolo de Respuesta para la Protección detalla los procedimientos que deben seguirse para responder a las dudas y denuncias relativas a un niño, niña o adolescentes que se encuentre en riesgo dentro de su familia o comunidad, y para gestionar las denuncias que puedan presentarse contra una persona empleada.
Si desea más información sobre la presentación de una duda o denuncia, contacte con el Punto Focal de Protección o con la Responsable Global de Protección de la Infancia, que le ayudarán durante este proceso.
Responsabilidad
La responsabilidad en relación con la implementación de la Política de Protección de la Infancia recae en la Directora General y el equipo de Gobierno – Junta directiva de la entidad. Cualquier incumplimiento respecto a la Política de Protección de los niños, niñas y adolescentes será considerado una falta grave y conllevará un seguimiento.
Recursos
La Asociación SEI proveerá de los recursos humanos y financieros adecuados con el fin de garantizar la efectiva implementación de la Política de Protección. Al tratarse de una política de tolerancia cero, la entidad exige que se tomen todas las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento, independientemente del coste.